Cuando las deudas se acumulan y ya no ves salida, entra en juego la Ley 25/2015, más conocida como la “ley de la segunda oportunidad”. Fue creada para que particulares y autónomos en situación de insolvencia puedan renegociar o incluso cancelar sus deudas y volver a empezar.

¿Para qué sirve esta ley?

Su finalidad es doble: por un lado permite al deudor plantear un nuevo comienzo sin que la carga financiera le aplaste. Y por otro, protege los derechos de los acreedores para que la solución sea justa y viable. Gracias a esta ley puedes suspender embargos, frenar intereses crecientes y, en algunos casos, cancelar gran parte o la totalidad de tus deudas.

¿Quién puede acogerse?

La ley está pensada para personas físicas —particulares o autónomos— que se encuentren en una situación de insolvencia real o inminente. Esto significa que no puedes hacer frente a tus obligaciones de pago y necesitas una solución. Debes tener al menos dos acreedores distintos (bancos, proveedores, administraciones…). También se exige buena fe: no haber tenido conducta fraudulenta o negligente grave que haya causado el endeudamiento.

¿Cuáles son los requisitos básicos?

Para acogerse se requiere, entre otros:

  • Que seas persona física (no empresarial) y tengas deudas que no puedes pagar.

  • Que exista insolvencia actual o inminente.

  • Que hayas actuado de buena fe al contraer las deudas.

  • Que no te hayas beneficiado de este mecanismo en un periodo reciente.

  • Que haya varios acreedores distintos.

¿Cómo funciona el procedimiento?

En líneas generales:

  1. Se presenta la solicitud al juzgado correspondiente.

  2. Se puede liquidar tu patrimonio para pagar lo que se pueda, o bien proponer un plan de pagos si quieres conservar ciertos bienes.

  3. Si el plan se aprueba y la situación se da, se consigue la exoneración del pasivo insatisfecho (es decir, el perdón de la deuda) o al menos una parte.

  4. El procedimiento se reformó en 2022 para hacerlo más ágil y facilitar que más personas puedan acogerse.

¿Qué deudas pueden cancelarse?

Gracias a esta ley se pueden cancelar deudas privadas (préstamos, tarjetas, proveedores, servicios) y también, bajo ciertos límites, deudas con la administración pública (Agencia Tributaria, Seguridad Social). Por ejemplo, la reforma permite cancelar hasta 10.000 € con cada uno de esos organismos, en algunos casos. No siempre se pueden obtener todos los beneficios: dependerá de tu situación concreta.

Ventajas y límites

Ventajas

  • Te permite empezar de nuevo sin que las deudas te persigan toda la vida.

  • Suspende embargos, detiene intereses abusivos y te da una vía para salir.

  • Mejora tu situación financiera futura.

Límites

  • No vale para deudas garantizadas con hipoteca que quieras conservar sin renunciar al bien.

  • Si no cumples requisitos de buena fe o has generado la insolvencia de forma intencionada, te podrían negar el beneficio.

  • Si las deudas con Hacienda o Seguridad Social superan ciertos importes, solo se puede hacer parcialmente o mediante plan de pagos.

¿Cómo podemos ayudarte nosotros?

Desde nuestra firma, podemos ayudarte a verificar si cumples los requisitos, a recopilar la documentación necesaria e impulsar el procedimiento para que puedas acogerte a esta ley.

Si estás en una situación difícil de sobreendeudamiento, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos sin compromiso.