Las comisiones por descubierto son cargos bancarios que se aplican cuando tu cuenta entra en números rojos. Para ser legales deben corresponder a un servicio real con gastos justificados, algo que casi nunca ocurre. Por ello suelen considerarse abusivas (nulas de pleno derecho). A continuación explicamos qué son, cómo identificarlas en el extracto bancario y los pasos para reclamarlas al banco o al Banco de España, de modo que puedas recuperar ese dinero cobrado indebidamente.

¿Qué son las comisiones por descubierto?

La comisión por descubierto (o “por reclamación de posiciones deudoras”) es un cargo fijo que el banco impone cuando tu cuenta queda en números rojos. Suele rondar los 30-40 € cada vez que no puedes pagar un recibo o te retrasas en una cuota. El banco argumenta que cubre costes de gestión (por ejemplo una llamada o carta ordinaria), pero estas gestiones mínimas no justifican el importe cobrado.

¿Cuándo son legales las comisiones por descubierto?

Una comisión por descubierto solo es válida si está pactada en el contrato y retribuye un servicio real con sus costes debidamente acreditado. El Tribunal Supremo lo resume bien: “sin servicio ni gasto reales no puede haber comisión”. En la práctica la mayoría de estas comisiones se aplica de forma automática, sin justificar ningún coste real, por lo que se considera cláusula abusiva y nula de pleno derecho.

Además, la normativa española (Banco de España) limita los intereses y comisiones de descubierto a 2,5 veces el interés legal del dinero, por lo que cualquier cobro excesivo o no informado puede reclamarse.

¿Cómo detectarlas en tu extracto bancario?

  • Conceptos en el extracto: Revisa tus extractos o estados de cuenta. Busca cargos con conceptos como “comisión por posiciones deudoras”, “gastos de gestión”, “gastos de cobro” u otros términos genéricos (“comisión administración”, “gestión cobro”). A veces estos cargos aparecen con nombres diferentes, así que conviene leer bien las anotaciones cerca del saldo negativo.

  • Solicita todos los movimientos: Pide al banco el fichero completo de movimientos de tu cuenta (norma 43) desde su apertura. Con ese documento verás todas las comisiones cobradas y desde cuándo. Si el banco se resiste, recuerda que la ley te permite obtener este historial completo tras solicitarlo formalmente.

Pasos para reclamar comisiones por descubierto

  1. Reclamación previa al banco: Envía un escrito al servicio de atención al cliente de tu banco detallando las comisiones cobradas indebidamente y solicitando su devolución. Incluye tus datos, datos de cuenta y referencias de los cargos. El banco debe responder en un plazo legal (generalmente hasta 2 meses para consumidores).

  2. Reclamación ante el Banco de España: Si el banco no contesta en plazo o contesta negándose a devolver el dinero, presenta una reclamación al Banco de España (vía telemática o por escrito). Adjunta copia del escrito que enviaste al banco y cualquier documento que tengas. El Banco de España emitirá un informe, aunque no es vinculante, muchas veces impulsa a la entidad a devolver lo cobrado.

  3. Vía judicial: Si con todo sigue sin resolverse, puedes interponer demanda judicial ante los tribunales. Los jueces suelen fallar a favor del cliente cuando la comisión no está justificada. En la práctica, muchas sentencias obligan al banco a devolver la totalidad de las comisiones cobradas indebidamente más sus intereses legales.

¿Cómo recuperar el dinero cobrado indebidamente?

El objetivo es que el banco devuelva todo lo cobrado de más. Debe reintegrar todas las comisiones por descubierto cobradas (desde la apertura del contrato) junto con los intereses legales correspondientes. Además, la ley establece que las reclamaciones prescriben a los cinco años, así que puedes exigir las comisiones cobradas en ese periodo.

En la práctica, cuando la reclamación prospera se suele obtener la devolución completa de los importes cobrados indebidamente (más intereses).

Preguntas frecuentes (FAQ)

  • ¿Qué diferencia hay entre intereses y comisiones por descubierto? Los intereses por descubierto son un porcentaje aplicado al saldo negativo y están limitados por ley (junto con la comisión) a 2,5 veces el interés legal del dinero. La comisión por descubierto es un cargo fijo adicional. Ambos pueden reclamarse si son desproporcionados o no cumplen la normativa.

  • ¿Cuál es el plazo para reclamar estas comisiones? El plazo de prescripción es de cinco años desde que se cobró cada comisión. En consecuencia, puedes reclamar todas las comisiones cobradas en los últimos cinco años, incluyendo los intereses legales, pero no las anteriores.

  • ¿Se pueden reclamar aunque firme el contrato? Sí. Aunque hayas firmado el contrato de la cuenta, las cláusulas abusivas son nulas. Si la comisión no cumple los requisitos legales de servicio real, transparencia y proporcionalidad, puedes reclamarla aun cuando aparezca en el contrato.

  • ¿Cómo debo reclamar al banco o al Banco de España? Primero haz la reclamación previa al banco (es gratuita) y espera su respuesta. Si no la atienden o la respuesta es negativa, puedes presentar una reclamación en el Banco de España por Internet o por escrito. Ambas gestiones son gratuitas para el consumidor.

  • ¿Me puede cerrar la cuenta por reclamar? No. El banco no puede cerrar tu cuenta como represalia por reclamar tus derechos. Cualquier intento de penalizar al cliente por ejercer el derecho a reclamar sería ilegal y también podría reclamarse.